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Derecho Administrativo: La Huida del Derecho y la Gobernanza Global
El acto administrativo tradicional cede paso a formas complejas de interacción público-privada.
Derecho Administrativo Global: Ante la inexistencia de un estado mundial, surgen redes de reguladores, ONGs y organismos (OMC, Banco Mundial) que generan soft law y estándares administrativos (transparencia, accountability) que obligan a los estados sin ser tratados formales.
La "Huida" del Derecho Administrativo: El Estado utiliza formas privadas (sociedades mercantiles estatales) para gestionar lo público, evadiendo controles rígidos. El reto postdoctoral es redefinir lo "público" no por el sujeto (Estado), sino por la materia y la finalidad del servicio.
El Derecho a la Buena Administración: Evolución del administrado de "súbdito" a "ciudadano-cliente" con un derecho subjetivo fundamental a que sus asuntos sean tratados con imparcialidad, equidad y plazo razonable, más allá de la mera legalidad estricta.
El Derecho Administrativo ya no es el derecho de las prerrogativas del poder (exorbitancia), sino el derecho de la garantía patrimonial y funcional del ciudadano frente a una administración prestacional, difusa y muchas veces automatizada (algorítmica).
